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Oposiciones Primaria
 

CONVOCATORIAs - CANARIAS

 
 

Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria

¡1.700 Plazas!

¡CONVOCATORIA EN MARCHA!

 
Boletín Oficial de Canarias nº 2008/084 de 25 de abril de 2008.

Instancias hasta el 15 de mayo de 2007

 
DISTRIBUCIÓN DE LAS PLAZAS
 

- Filosofía 18 plazas
- Griego 8 plazas
- Latín 30 plazas
- Lengua Castellana y Literatura 280 plazas
- Geografía e Historia 170 plazas
- Matemáticas 210 plazas
- Física y Química 60 plazas
- Biología y Geología 50 plazas
- Dibujo 80 plazas
- Francés 95 plazas
- Inglés 170 plazas
- Alemán 20 plazas
- Música 20 plazas
- Educación Física 90 plazas
- Psicología y Pedagogía 90 plazas
- Tecnología 92 plazas
- Economía 25 plazas
- Administración de Empresas 15 plazas
- Construcciones Civiles y Edificación: 4 plazas
- FOL 24 plazas
- Asesoría y Procesos de Imagen Personal 4 plazas
- Informática 8 plazas
- Intervención Sociocomunitaria 9 plazas
- Organización y Procesos de Mantenimiento de Vehículos 7 plazas
- Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica 4 plazas
- Procesos de Producción Agraria 4 plazas
- Procesos Sanitarios 9 plazas
- Procesos y Medios de Comunicación 4 plazas
- Sistemas Electrónicos 4 plazas
- Sistemas Electrotécnicos y Automáticos 10 plazas

Temarios de Oposiciones Educación Secundaria

 
SOLICITUDES
 
La solicitud de participación deberá formalizarse a través de la página Web de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, http://www.gobiernodecanarias.org/educacion/ ; a continuación, deberá imprimirse para su presentación en papel, junto con la documentación relacionada en esta base, en las Direcciones Territoriales e Insulares de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes; en los restantes registros oficiales de esta Consejería a que se refiere la Orden de 31 de enero de 2007 (B.O.C. nº 33, de 14.2.07), o bien en alguno de los registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.C. nº 102, de 19.8.92), de acuerdo con las condiciones establecidas en dicho precepto.

En caso de presentar la solicitud ante una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que las solicitudes sean fechadas y selladas por el funcionario correspondiente antes de ser certificadas.

Tasa: 20,53 euros

El pago de la tasa se llevará a cabo ingresando su importe, de forma directa o mediante transferencia bancaria, a nombre de "Oposiciones Funcionarios Docentes no Universitarios Canarias 2008", en cualquiera de las siguientes cuentas corrientes:

Caja General de Ahorros de Canarias. Oficina Principal en Santa Cruz de Tenerife: c/c nº 2065 0000 01 1114004194.

Caja Insular de Ahorros de Canarias. Oficina Principal en Las Palmas de Gran Canaria: c/c nº 2052 8000 78 35 011825 07.

En el caso de que el pago de la tasa se realice desde el extranjero se hará mediante transferencia bancaria a cualquiera de las siguientes cuentas corrientes:

- Caja General de Ahorros de Canarias. Oficina Principal en Santa Cruz de Tenerife: c/c ES35 2065 0000 01 1114004194.

- Caja Insular de Ahorros de Canarias. Oficina Principal en las Palmas de Gran Canaria: c/c ES35 2052 8000 78 35 011825 07.

Estarán exentos del abono de la tasa de inscripción aquellos aspirantes que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.
 
REQUISITOS
 
  • a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación la directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo sobre libre circulación de trabajadores y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español.

    También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho.

    Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a cargo de sus progenitores.

    b) Tener cumplido dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.

    c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones docentes propias del cuerpo y especialidad a la que aspira.

    d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes que no tengan la nacionalidad española deberán acreditar que no están sujetos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

    e) No ser funcionario de carrera o en prácticas, ni estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera del mismo cuerpo en el que pretende ingresar o acceder.

    f) Haber hecho efectivo el importe íntegro de la tasa correspondiente

    g) Estar en posesión del título de Doctor, Ingeniero, Arquitecto, Licenciado o el título de Grado correspondiente, u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

    Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o del certificado del Curso de Cualificación Pedagógica o del Título Profesional de Especialización Didáctica.

    De acuerdo con lo que establece la Disposición Transitoria Única del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, será equivalente al título de Especialización Didáctica o al Certificado de Cualificación Pedagógica, la acreditación de una experiencia docente previa durante dos cursos académicos completos o, en su defecto, durante doce meses ejercidos en períodos discontinuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados.

    h) Además del requisito de titulación y formación pedagógica señalados para el correspondiente cuerpo, los aspirantes que participen por la reserva para personas con discapacidad, deben acreditar que tienen reconocida la condición legal de minusválidos y que poseen un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, sin perjuicio de lo dispuesto en el siguiente párrafo.
  • Requisitos específicos para participar por el procedimiento selectivo de reserva desde cuerpos docentes clasificados en el grupo B:

    a) Haber prestado servicios como funcionario de carrera en su cuerpo de origen durante un mínimo de seis años cumplidos al término del plazo de presentación de instancias.

    b) Estar en posesión del título exigido para el ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria o en el Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño
 
EJERCICIOS
 

FASE DE OPOSICIÓN

 

De conformidad con el artículo 16.2 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, con carácter previo a la realización de la prueba de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar su conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba para comprobar si poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el tribunal nombrado al efecto informará, a través de los tablones de anuncios de las Direcciones Territoriales e Insulares de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, sobre la fecha, hora y lugar de celebración de la citada prueba.

5.1.1. Estarán exentos de realizar la prueba los aspirantes que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:

a) Los originarios de aquellos Estados cuya lengua oficial sea el español.

b) Quienes estén en posesión de alguno de los títulos a que se refiere el subapartado 3.2.2.c) de la base 3.

c) Quienes posean una titulación universitaria española de carácter oficial y válida para todo el territorio nacional.

d) Quienes hayan obtenido la calificación de apto en la prueba de acreditación de conocimiento del castellano en procedimientos selectivos para ingreso en cuerpos docentes convocados en años anteriores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.


Partes de la prueba.

Parte A. Tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos necesarios para impartir docencia. Consistirá en el desarrollo, por escrito, de un tema escogido por el aspirante de entre un número de temas extraídos al azar por el tribunal, proporcional al número total de temas del temario oficial de la especialidad, atendiendo a los siguientes criterios:

- En aquellas especialidades cuyo temario conste de un número no superior a 25 temas, deberá elegirse entre tres temas.

- En aquellas especialidades cuyo temario conste de un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre cuatro temas.

- En aquellas especialidades cuyo temario conste de un número superior a 50 temas, deberá elegirse entre cinco temas.

Para la realización de la parte A de la prueba los aspirantes dispondrán de un máximo de tres horas.

Parte B. Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Consistirá en la defensa de la programación didáctica entregada al tribunal en el acto de presentación de aspirantes y, en su caso, la preparación y exposición oral ante el tribunal de una unidad didáctica incluida en la programación.

En ciertas categorías además habrá que realizar una prueba práctica.

B.1) Presentación de la programación didáctica.

La programación didáctica, que el interesado debió entregar a su tribunal en el acto de presentación de aspirantes, deberá hacer referencia al currículo de una materia o módulo profesional o idioma, en el caso de las Escuelas Oficiales de Idiomas, relacionados con la especialidad por la que participa, debiendo especificar en ella los objetivos -capacidades en el caso de los módulos profesionales-, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Asimismo, se hará una referencia específica al desarrollo de las competencias básicas, en el caso de que el curso elegido sea la etapa de Educación Secundaria Obligatoria. En el caso de los aspirantes a ingreso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria podrá estar referida a la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, al Bachillerato o a los Ciclos Formativos de Formación Profesional.

En el caso de los aspirantes a ingreso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria podrá estar referida a la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, al Bachillerato o a los Ciclos Formativos de Formación Profesional.

El aspirante dispondrá de un máximo de cuarenta y cinco minutos para la preparación de la unidad didáctica, sin posibilidad de conexión con el exterior, pudiendo consultar el material que crea oportuno llevar consigo.

II. La actuación del aspirante ante el tribunal comenzará con la exposición oral y, en su caso, defensa de la unidad didáctica, unidad de trabajo o programa de intervención, para lo que dispondrá de un máximo de treinta minutos. Seguidamente realizará la defensa de la programación didáctica en relación a las preguntas que sobre ella le formule el tribunal, no pudiendo exceder esta defensa de quince minutos.

B.3) Ejercicio práctico para ciertas especialidades, consultar el Boletín de Canarias de 25 de abril.

 
FASE DE CONCURSO:
 

Se valorarán los méritos alegados

 
FASE DE PRÁCTICAS
 

La fase de prácticas, que forma parte del procedimiento selectivo, tendrá por objeto la valoración de las aptitudes para la docencia de los aspirantes que hayan superado las fases de concurso y oposición e incluirá la realización de un curso de formación sobre "Cultura Canaria" y otro de "Formación en Procedimientos Administrativos", cuya organización corresponderá a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

La duración de esta fase será, como mínimo, de tres meses y medio de servicios efectivos con plenitud de funciones docentes en el destino que se adjudique a los aspirantes seleccionados.

En caso de que por causas justificadas no se complete el período mínimo a que se refiere el párrafo anterior, la Dirección General de Personal resolverá sobre el aplazamiento de la fase de prácticas del aspirante correspondiente.

 
PROGRAMA
 
  • Temarios del BOE de 21/09/93 y del 13/02/96
 
 
 
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