a) Poseer la nacionalidad española y haber cumplido dieciocho años antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
b) No estar incluido en el cuadro de exenciones físicas establecido para esta convocatoria.
c) Estar en posesión de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o de Grado Medio o titulación equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
d) No haber sido separado, mediante expendiente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
e) Acreditar la aptitud físicas con la presentación de un certificado médico, en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el opositor reúne las condiciones precisas para realizar las pruebas físicas.
f) Estar en posesión del permiso de conducir de la Clase B, con la autorización para conducir vehículos de transporte prioritario (BTP), para el puesto de trabajo denominado "Bombero".
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REQUISITOS BOMBERO-CONDUCTOR:
a) Poseer la nacionalidad española y haber cumplido dieciocho años antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
b) No estar incluido en el cuadro de exenciones físicas establecido para esta convocatoria.
c) Estar en posesión de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o de Grado Medio o titulación equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
d) No haber sido separado, mediante expendiente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
e) Acreditar la aptitud físicas con la presentación de un certificado médico, en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el opositor reúne las condiciones precisas para realizar las pruebas físicas.
f) Estar en posesión del permiso de conducir de la Clase C, con el E asociado, para el puesto de trabajo denominado "Bombero-Conductor", o equivalentes.
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REQUISITOS TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA:
Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna, deberán ostentar la condición de funcionarios de carrera y pertenecer a alguna de las Escalas "a extinguir" del Grupo E de la Comunidad de Madrid, haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos dos años en el Cuerpo o Escala al que pertenezcan, así como reunir los demás requisitos exigidos en esta convocatoria
EJERCICIOS
PRIMER EJERCICIO:
Constará de dos fases:
a) Primera fase. Consistirá en contestar un cuestionario de 80 preguntas de carácter teórico y práctico sobre el temario. La duración de esta fase será de noventa minutos.
b) Segunda fase. Consistirá en contestar un cuestionario de 45 preguntas de carácter psicotécnico, distribuidas en tres bloques de 15 preguntas cada uno, destinadas a medir los siguientes parámetros:
— Razonamiento abstracto y concreto.
— Espaciales.
— Atención.
La duración de esta fase será de cuarenta y cinco minutos.
En las pruebas de cada una de las fases, para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.
En la misma sesión de celebración del primer ejercicio, y con carácter previo a su realización, los aspirantes deberán hacer constar por escrito su autorización para someterse a todas las pruebas médicas que determine el Tribunal Médico.
A efectos de la primera fase del primer ejercicio de la oposición, serán de aplicación en cada uno de sus temas los datos editados en publicaciones oficiales de la Comunidad de Madrid o, en su caso, los emanados de los Centros Oficiales correspondientes. En este sentido, no serán objeto de examen los datos modificados dentro de un período de seis meses previos a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias de la presente convocatoria.
(En caso de disparidad entre los datos publicados por los diversos organismos serán tomados como válidos, en primer lugar, los procedentes del Organismo Oficial facultado en la materia concreta y, en segundo lugar, los procedentes de la Comunidad de Madrid. Caso de conflicto entre datos publicados por la Comunidad de Madrid, serán de aplicación en primer lugar los procedentes de la Consejería u Organismo específico de la materia referida.)
En cualquier caso, el Tribunal quedará facultado, en última instancia, para resolver cualquier cuestión que en materia de contenido del examen pudiera surgir.
SEGUNDO EJERCICIO:
Constará de dos fases encaminadas a comprobar la aptitud física de los aspirantes:
a) Primera fase. Presentación de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por colegiado en ejercicio, en el que se haga constar, expresamente, que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos especificados. Este certificado médico no excluye en absoluto las comprobaciones posteriores que integran el reconocimiento médico establecido como uno de los ejercicios de estas pruebas selectivas, y que tienen autonomía propia.
b) Segunda fase. La realización de los ejercicios siguientes:
1. Natación sobre 50 metros.
2. Subir a brazo una cuerda lisa de 6 metros de altura.
3. Levantamiento de un peso de 40 kilogramos.
4. Carrera sobre 60 metros.
5. Carrera sobre 300 metros.
6. Carrera sobre 2.000 metros.
TERCER EJERCICIO:
Este ejercicio será realizado únicamente por los aspirantes que opten a puestos de Bombero-Conductor. Consistirá en un examen teórico y práctico de conducción:
a) Primera fase. Consistirá en la realización de una prueba de control de conocimientos sobre mecánica y entretenimiento simple del automóvil, mediante cuestionario de 32 preguntas al que se refieren los párrafos del a) al f), ambos inclusive, del artículo 48.2.2.a, de la Sección Primera del Capítulo III del Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” número 135, de 6 de junio), y una prueba de control de conocimientos específicos, mediante cuestionario de 16 preguntas sobre las materias a que se refieren los párrafos del g) al u), ambos inclusive, del artículo y Reglamento citados.
b) Segunda fase. Examen práctico de conducción de vehículos de las categorías para las que habilita el permiso exigido.
CUARTO EJERCICIO:
Reconocimiento médico practicado por el Tribunal facultativo que se designe al efecto. Se realizarán las pruebas clínicas y cuantas otras analíticas y complementarias o de otra clase que se considere necesarias por el Tribunal. En este acto se procederá a tallar a los aspirantes.
CURSO SELECTIVO
Concluida la fase de oposición, los aspirantes que la hubiesen superado habrán de acceder a la realización de un curso selectivo como segunda fase del proceso selectivo, durante el cual serán retribuidos conforme a lo establecido en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero (“Boletín Oficial del Estado” de 6 de marzo), modificado por el Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero (“Boletín Oficial del Estado” de 1 de marzo).
El curso selectivo será impartido por la Dirección General de Protección Ciudadana de la Comunidad de Madrid, dentro del marco de competencias asignadas al Instituto Madrileño de Administración Pública, y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos, tanto teóricos como prácticos, en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones que les correspondan.
La duración del curso selectivo no será inferior a seis meses. Su programa y regulación serán establecidos por la Dirección General de Protección Ciudadana y publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID antes de la publicación de las calificaciones definitivas de la fase de oposición.
Para superar el curso selectivo, los aspirantes que participen en él deberán aprobar todas las asignaturas o materias que lo compongan, así como las diferentes actividades prácticas. En caso contrario, se considerará que el aspirante no ha superadoesta fase del proceso selectivo.
PROGRAMA
LEGISLACIÓN
1. La Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
Título IV. “De los funcionarios de la Comunidad de Madrid”: Disposiciones Generales (Capítulo I). De la adquisición y pérdida de la condición de funcionarios (Capítulo II). Situaciones administrativas de los funcionarios (Capítulo VI). De los derechos de los funcionarios (Capítulo VII). De los deberes, de las responsabilidades e incompatibilidades de los funcionarios (Capítulo X). Del régimen disciplinario de los funcionarios (Capítulo XI).
2. La Ley 14/1994, de 28 de diciembre, por la que se regulan los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid, y sus posteriores reformas.
3. La Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil.
La Ley 2/1985 se publicó en el “Boletín Oficial del Estado” número 22, de 25 de enero de 1985.
4. El Reglamento de Prevención de Incendios de la Comunidad de Madrid.
Decreto 31/2003, de 13 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de marzo), exceptuando Apéndices y Anexo.
5. El Plan de Protección Civil ante el Riesgo de Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA 2000).
Decreto 111/2000, de 1 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 12 de junio).
6. El Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad de Madrid (PLATERCAM).
Decreto 85/1992, de 17 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de enero de 1993).
LA REGIÓN DE MADRID Y LOS CUERPOS DE BOMBEROS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
1. Servicios de Bomberos en la Región de Madrid:
— Ubicación de los Parques de la Comunidad de Madrid.
— Ubicación de los Parques de Bomberos municipales.
— Ubicación de los Parques del Ayuntamiento de Madrid.
2. Red de carreteras de la Región:
— Red de interés general del Estado.
— Red de la Comunidad de Madrid, principal, secundaria y local.
— Accesos y enlaces.
(Según mapa 1:200.000, edición 2003 de la Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid.)
3. Primeros auxilios: Primeros auxilios psicológicos y apoyo humano. Primeros auxilios: Socorrismo, aspectos generales. Autoprotección. El cuerpo humano. La evaluación inicial del paciente. Reanimación cardiopulmonar. Hemorragias y shock. Heridas y contusiones. Quemaduras y urgencias por alteraciones en la termorregulación. Traumatismos del aparato locomotor. Traumatismos craneales y de la columna vertebral. El politraumatizado. Otras situaciones de urgencia. Urgencias materno-infantiles. Movilización y evacuación de heridos y enfermos. Intervención en accidentes con múltiples víctimas (referencia criterios de Cruz Roja de España contenidos en el texto Formación Básica en Socorros, Servicios Preventivos, Manual del alumno/a, editado por Cruz Roja española, novena edición de enero de 2005).
4. Principales accidentes geográficos de la Comunidad de Madrid:
Montañas de altitud superior a 1.000 metros, picos. Ríos más importantes, cuenca y curso (exclusivamente cauces hídricos continuos), embalses y presas. Lagos naturales y artificiales (Ref. Mapas Instituto Geográfico de España 1:50.000).
5. Territorio de la Comunidad de Madrid, superficie. Municipios: Denominación y número de los mismos.
6. Distribución industrial en la Región de Madrid. Principales áreas industriales. Centros industriales de almacenamiento y redes de distribución (oleoductos y gasoductos) de productos inflamables (gases licuados del petróleo, gas natural, combustibles líquidos derivados del petróleo). Industrias afectadas por el Plan de Accidentes Mayores de la Comunidad de Madrid.
EDITORIAL CEP, S.L.
CIF: B-84943885.
C/ Dalia nº 18-20, 28970 – Humanes de Madrid (Madrid).
Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Libro 0, Tomo 23753, Folio 141, Sección 8, Hoja M 426341